Venta de acciones en Paraguay

Regulada por Ley 6380/19; Decreto 3107/19; Decreto 3182/19; Decreto 3181/19.

La cesión de acciones en Paraguay está exonerada de IVA Impuesto al Valor Agregado. Sin embargo se encuentra gravada por el Impuesto a la Renta, en alguna de las siguientes modalidades:

  • IRP GC Impuesto a la Renta Personal por Ganancias de Capital; IRE Impuesto a la Renta Empresarial; o  INR Impuesto a la Renta de no Residentes.

La cesión de acciones se documenta mediante factura legal.

Tributará IRP GC la persona física que venda sus acciones. La base imponible hallará en forma presunta aplicando el 30% sobre el precio de venta o por diferencia real entre el precio de venta y el valor nominal o costo de las mismas. Se tomará como base el monto que resulte menor. La tasa es el 8% la cual se aplica sobre la base imponible.

Tributará IRE la empresa o sociedad que venda sus acciones. Se regirá por la reglamentación del Impuesto a la Renta Empresarial IRE y la base imponible se hallará por diferencia real entre el precio de venta y el valor nominal o costo de las mismas. La tasa es el 10% la cual se aplica sobre la base imponible.

Tributará INR la persona física o jurídica extranjera, sin RUC ni domicilio legal en el Paraguay, que venda sus acciones. La base imponible hallará en forma presunta aplicando el 30% sobre el precio de venta o por diferencia real entre el precio de venta y el valor nominal o costo de las mismas. Se tomará como base el monto que resulte menor. La tasa es el 15% la cual se aplica sobre la base imponible. El comprador residente en Paraguay es quien debe actuar como retentor e ingresarlo al fisco.

Si el comprador y el vendedor fuesen extranjeros, la Sociedad emisora de las acciones es la que debe actuar como retentor e ingresarlo al fisco.